Deberán acreditar su participación con las constancias correspondientes emitidas por la Corte Electoral el día del acto eleccionario
El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) resolvió las siguientes disposiciones para los funcionarios del organismo que integrarán las comisiones receptoras de votos de las Elecciones Nacionales 2024 y en las Elecciones Municipales 2025.
1) Disponer que los funcionarios no docentes de la ANEP designados para actuar en las comisiones receptoras de votos de las Elecciones Nacionales 2024 y en las Elecciones Municipales 2025, gozarán de 5 días de licencia si son titulares y de 2 días de licencia en caso de ser suplentes, la cual deberá ser coordinada y autorizada por su jerarquía inmediata.
2) Disponer que los funcionarios docentes de la ANEP podrán optar por los días de licencia indicados en el numeral anterior o por el pago de una partida por única vez equivalente a $ 4.120 nominales para los titulares y una de $ 1.648 nominales para aquellos que se desempeñen como suplentes.
3) Disponer que los docentes que opten por usufructuar los días de licencia, deberán gozarla en los días inmediatos, previos o posteriores a la licencia anual reglamentaria.
4) Establecer que para tener derecho a los beneficios descriptos anteriormente los funcionarios docentes y no docentes, titulares o suplentes, deberán acreditar su participación con las constancias correspondientes emitidas por la Corte Electoral el día del acto eleccionario.