Así lo indica el artículo 11 del anteproyecto de Ley de Urgente Consideración que establece normas para el respeto a la Policía
En Uruguay mucho se ha venido mencionando el término “Cambio”, el cual con el paso de los días parece tomar una mayor dimensión, tomando en cuenta la redacción del proyecto de Ley de Urgente Consideración, la cual antes de ser colocada en práctica, deberá ser aprobada en el Parlamento.
El artículo 11 del anteproyecto de Ley de Urgente Consideración establece normas para el respeto a la Policía creando el delito de “agravio a la autoridad policial”.
El Artículo 173 BIS del Código de Proceso Penal (Agravio a la autoridad policial), indica que “el que obstaculice, menosprecie, ofenda, atente, desobedezca, agravie, lesione, arroje objetos, amenace o menoscabe a un funcionario policial, en ejercicio de su función, será castigado con una pena de 3 meses a 12 meses prisión. Son aplicables a este delito, las agravantes previstas en los incisos 2, 4 y 5 del artículo 172”.
De esta manera cualquier acción que a juicio de los funcionarios obstaculice su acción o sea ofensiva puede ser penada hasta con un año de cárcel.
En caso que la misma sea aprobada, los ciudadanos tendrán la obligación de identificarse si un efectivo policial así se lo requiere, teniendo en cuenta que hasta la actualidad la identificación de personas se realiza solamente si las circunstancias así lo ameritan, por ejemplo en caso que el efectivo policial sospeche de la actitud de alguna persona.
Entre los 457 artículos que conforman la mencionada Ley, se propone el aumento de diversas penas y la creación de otras figuras delictivas.
En cuanto al concepto de legítima defensa, el mismo es ampliado, no solo para efectivos policiales y militares, sino también civiles en sus hogares o establecimientos rurales, tras lo cual se amplían los espacios donde se puede ejercer siempre y cuando esté en las cercanías razonables de la propiedad.
Por su parte serán incrementadas las penas para los delitos relacionados al narcotráfico y violencia sexual. También la Ley de Urgente Consideración prevé el aumento a diez años la pena máxima para los menores y pasa de doce a 16 años la máxima por violación. Por una muerte por encargo lo que se conoce como sicariato se establece una pena de 30 años.
Mientras tanto por receptación de un arma de fuego la Ley indica la suba de la pena a dos años y si la misma pertenece a un policía o militar pasa a tres años.
En caso de resistirse a un arresto se podrá pagar una pena de 3 años de prisión. Dicho proyecto habilita a los policías a hacer el doble de las horas de servicio 222 que realizan actualmente, 100 horas mensuales.